Un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cartagena ha anulado la resolución municipal que rechazaba el complemento retributivo de atención al público para un agente de Policía Local en segunda actividad.
Causa y contexto legal
El fallo, según el comunicado de UGT Servicios Públicos, reconoce al trabajador el derecho a percibir el complemento desde su adscripción al puesto correspondiente, con abono de las cantidades devengadas y no prescritas, y conlleva el pago de las costas procesales al Ayuntamiento. El conflicto se centra en un agente destinado en el destacamento de Policía Local de Pozo Estrecho, donde el trabajador dedicaba su jornada a atender directamente a ciudadanos en el vestíbulo y mostrador del cuartel, según testimonios aportados durante el proceso judicial.
Distinción funcional clave
El sindicato destaca que el juzgado diferenció entre el deber general de tratar correctamente a ciudadanos y la realización efectiva de funciones específicas de atención al público. Durante el procedimiento, se acreditó que el trabajador desarrollaba actividades concretas en el área de atención ciudadana, lo que permitió establecer que su trabajo cumplía las condiciones pactadas para percibir el complemento.
Repercusión en políticas laborales
UGT reclama que el Ayuntamiento de Cartagena abandone interpretaciones restrictivas en los acuerdos colectivos y revise los criterios aplicados a otros casos similares. José Juan González Salas, responsable de Administración Local y Servicios a la Comunidad del sindicato, exige que el Consistorio deje de utilizar requisitos no expresamente contemplados en los acuerdos laborales para limitar derechos retributivos. El caso refleja tensiones en la interpretación municipal de los acuerdos colectivos, especialmente en el ámbito de la Policía Local, donde reivindicaciones sobre complementos y condiciones laborales han sido objeto de debate reciente.